LO QUE DEBES SABER SOBRE EL IMPUESTO DE PLUSVALÍA
Lo que debes saber sobre el nuevo impuesto de plusvalía
La cuota se podrá calcular mediante el valor catastral en el momento del traspaso o como segunda opción valorando la diferencia entre el valor de compra y el de venta.
La reforma del impuesto de la plusvalía municipal permitirá al contribuyente elegir si paga por la ganancia real o por la resultante de aplicar el sistema objetivo, en tanto que estará exento de pago cuando la venta de un terreno o inmueble no reporte ganancia alguna.
La reforma, aprobada por decreto-ley este lunes en Consejo de Ministros, devuelve la constitucionalidad al impuesto para que refleje la realidad del mercado inmobiliario. Así garantizará que los contribuyentes no tengan que pagarlo si se vende a pérdidas, según ha destacado el Ministerio de Hacienda en un comunicado.
Hacienda ha incidido además en que la norma restablece la exigibilidad del impuesto, que había quedado en suspenso con la sentencia del Tribunal Constitucional del pasado 26 de octubre. Esto evita el riesgo de que los ayuntamientos sufran una merma de recursos que pueda suponer un aumento del déficit o el deterioro de los servicios que prestan a los ciudadanos.
¿Cómo se va a calcular a partir de ahora?
Se calculará con un sistema objetivo y obligatorio ajeno a la realidad del mercado inmobiliario y a la capacidad económica demostrada por el contribuyente.
Para adecuar el impuesto a esta sentencia, la reforma establece con claridad que las operaciones donde no haya un aumento de valor no estarán sujetas a tributación y que se deberá constatar a instancias del contribuyente que no se ha obtenido ganancia alguna.
¿Qué sucede en caso de ganancia tras la venta?
Lo que debes saber sobre el nuevo impuesto de plusvalía es que, en caso de ganancia, el método de cálculo será optativo, con lo que el contribuyente podrá elegir entre pagar conforme al nuevo sistema objetivo, que se adaptará a la evolución del mercado inmobiliario, o en función de la plusvalía real.
Asimismo, el contribuyente podrá reclamar que se le aplique la plusvalía real si la diferencia entre el valor de trasmisión y el de adquisición es inferior al resultante de la estimación objetiva.
Quedan sustituidos los porcentajes anuales aplicables sobre el valor catastral del terreno por unos coeficientes máximos, en función del número de años transcurridos desde la operación.
Los ayuntamientos tendrán competencia para rebajar esos coeficientes, ya que podrán rebajar hasta un 15% los valores catastrales para garantizar que el tributo se adapte a la realidad inmobiliaria de cada municipio.
Por este método la base imponible del impuesto será el resultado de multiplicar el valor catastral en el momento del devengo por los coeficientes que aprueben los Ayuntamientos.
Los coeficientes máximos establecidos en la norma estatal van desde el 0,13 cuando haya transcurrido un año desde la compra hasta 0,45 cuando hayan pasado 20 años o más.
Estos coeficientes se actualizarán anualmente en los presupuestos generales del Estado en función de la evolución del mercado inmobiliario.
Como novedad, serán gravadas las plusvalías generadas en menos de un año, es decir, las que se producen cuando entre la fecha de adquisición y de transmisión ha transcurrido menos de un año, por su carácter especulativo.
Los Ayuntamientos que tengan establecido el impuesto tendrán un plazo de seis meses desde la entrada en vigor del decreto-ley para adecuar sus normativas al nuevo marco legal.
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PREVISION DEL AUMENTO DE LA CARGA FISCAL PARA 2022
La previsión del aumento de la carga fiscal para 2022 ya está en marcha. Se están preparando una serie de medidas que hacen que esto pueda cumplirse para el próximo ejercicio fiscal 2022.
La previsión de cambios que afectan a las cuotas de empresarios autónomos
Respecto a la cuota de cotización de los autónomos se prevé una base mínima de cotización de 960,60 € aplicándose, un tipo de 30,60.
Con esto queremos decir que este cambio puede hacer que la cuota de autónomo suba unos ocho euros/mes.
Para los autónomos del tipo societario este aumento puede rondar de 96 a 225 euros por año.
La subida del SMI hará que casi dos millones de autónomos coticen por 294 € que será la base mínima haciendo, que la Seguridad Social recaude por este mismo concepto y en todo su conjunto unos 170 millones de euros mas.
La previsión de cambios que afecta a las sociedades y empresas
Para las empresas, el Gobierno se adelanta esta vez a mas de un centenar de países que también quieren implantar un tipo mínimo del 15% para el impuesto de sociedades.
Este cambio hará que para la liquidación de 2022 se puedan recuperar 400 millones.
Se espera que la recaudación real del próximo año sea menos de los cincuenta millones.
Las empresas relacionadas con los alquileres
La previsión del aumento de la carga fiscal también va a afectar a las empresas relacionadas con los alquileres así que como adelanto de la Ley de Vivienda y que ya se incluye en los presupuestos, las empresas que tienen como actividad el arrendamiento de viviendas bajan las bonificación del 85% al 40%.
Los planes de pensiones
Al hablar de incremento fiscal no solo debemos de tener en cuenta la subida de los impuestos sino, que la presión fiscal también viene dada por una disminución de beneficios fiscales.
Aquí entran de lleno las aportaciones a los planes de pensiones individuales ya que actualmente se pasaría de 2.000 euros a 1.500 euros anuales.
En resumen, mas de 91 millones perdidos en mano de los ahorradores.
De este modo se está empujando a que los planes sean pensiones privadas colectivas recuperables en casos extremos diez años después de que el contribuyente hiciera su primera aportación.
Los impuestos especiales
El tabaco no queda fuera de estos aumentos de impuestos y en este caso dentro de los impuestos especiales ya que la previsión es de una subida del 5,5%.
Es una subida importante teniendo en cuenta que de todo lo que se recauda como impuesto especial, el tabaco aporta una tercera parte.
El impuesto de matriculación
Aunque al inicio del nuevo año aumente el impuesto de Matriculación, el impuesto sobre vehículos diesel aún se mantendrá apartado durante un tiempo. Se utilizaran cambios porcentuales sobre emisiones de CO2 para determinar la nueva tarifa.
Hasta una subida de mas de diez euros tendrán mensualmente las próximas letras de los vehículos comprados a plazos siendo por tanto, el doble de lo que se estimaba hace un año según fuentes especializadas.
Según información de la Agencia Tributaria el efecto para un coche medio de 19.081 euros, con emisiones de 160 g/km de CO2 por el que antes se pagaba un 4,5% ahora, se pagaría un porcentaje del 9,75. Es decir, pasará de pagar 859 euros por ese concepto a abonar por el impuesto de matriculación 1860 euros.
Después de la escasez de chips afectado por la pandemia, el sector automovilístico cree que este aumento perjudicara mucho mas a su sector.
NUEVA LEY DE CREACION DE EMPRESAS
El Gobierno a través de su nueva Ley de creación de empresas propone agilizar y abaratar el coste de la constitución de estas.
En la actualidad poner en marcha una idea de negocio a través de una empresa, hace que el emprendedor deba de afrontar infinidad de tramites burocráticos que hacen alargar en el tiempo la puesta en funcionamiento de la empresa.
Como media se tarda 13 días para crear una empresa en España lo que la deja en uno de los países de la Unión Europea donde mas se alarga este proceso.
Por este motivo, el Gobierno promueve una nueva Ley de Creación y Crecimiento Empresarial que entre otras cosas, dejará poder poner en marcha una empresa con tan solo un euro.
Actualmente el mínimo necesario para constituir una SL es de 3.000 €, lo que equivalía a las 500.000 de las antiguas pesetas.
Con esta nueva ley se pretende quitar los obstáculos para la creación de empresas disminuyendo al mínimo su coste de constitución.
También se promueven medidas de lucha contra la morosidad y favorecer el crecimiento de empresas que ya estén establecidas además de otros aspectos diversos.
MOROSIDAD EN PYMES Y AUTONOMOS
Tanto las administraciones como las empresas van a tener que pagar por cada factura pagada fuera de plazo la cantidad de 40,00 euros.
Esto se incluye en la baterías de incentivos que prepara el Ejecutivo para que se cumplan los plazos establecidos en la Ley de Morosidad además de, reducir el periodo medio de pago y siendo uno de los primeros objetivos de dichas baterías.
Según Servimedia, esto podría empezar a cumplirse en el momento que se implante la factura electrónica.
Algunas de las medidas de esta nueva Ley de creación de empresas cuenta con el objetivo de que las pymes y autónomos cuenten con otros medios de financiación además de la bancaria mejorando de este modo el clima de negocios.
MEDIDAS LEGISLATIVAS PARA LAS EMPRESAS
Esta nueva ley saldrá junto con la ley de ‘startups’ próximamente con lo que se prevee cubrir diversas medidas con el objetivo de fomentar y favorecer el emprendimiento.
Como objetivo principal se quiere facilitar el modo en el que nuestras empresas puedan ganar tamaño.
La restructuración de deuda es otro de los objetos de esta ley evitando el cierre empresarial en la medida de lo posible los efectos de una crisis.
Incluso nos encontramos con los problemas de internacionalización que tienen las empresas españolas.
Consúltanos a través de nuestra web de contacto.
COMO HACER MAS FÁCIL EL CIERRE TRIMESTRAL
Cada trimestre se vuelve a repetir la pesadilla de la presentación de los impuestos y desde Online Consultores queremos decirte como hacer mas fácil el cierre trimestral.
Dedica unas horas a la semana al papeleo
Sabemos que las declaraciones de impuestos trimestrales dan dolor de cabeza y por esto, dedica algo de tiempo cada semana para organizar tus facturas para que no se te acumule todo al final del trimestre.
Será mas sencillo recordar tus compras y gastos a lo largo de la semana para ver que no te falta ninguna factura o ticket, que dejarlo para el final del trimestre con lo que seguro, algo se quedara en el olvido.
Actualmente con los ordenadores y el software orientado a la gestión así, como las agendas electrónicas y los teléfonos móviles, nos servirán de ayuda en esta tarea tan engorrosa de organizar las facturas.
Déjate asesorar por un gestor
Cede esa parte del trabajo que es una tarea pesada para ti y que siempre acabas aborreciendo. Nuestra asesoría fiscal online resolverá cualquier duda y gestionará las obligaciones administrativas con Hacienda. Ve a un experto y céntrate en tu negocio ya que ahorraras tiempo y mejorarás la gestión y el control de tu actividad.
Piensa que a pesar de que no hayas tenido ningún tipo de ingreso, gasto o alguno de estos durante el trimestre, deberás de presentar igualmente tus declaraciones trimestrales.
Anticípate a lo que tendrás pagar
Ya sea por ti mismo o, si delegas la contabilidad en un asesor, debes de saber aproximadamente lo que en cada momento tendrás que pagar en tu próximo trimestre por la salud de tu negocio.
Un modo de evitar sustos es separar con cada cobro que recibas, el IVA y el IRPF, del resto.
Guarda para el pago
Mantén tu cuenta bancaria preparada para el pago de IVA y del IRPF trimestral. Ten en cuenta que aunque no hayas cobrado una factura declarada, tendrás que pagar lo que corresponda de dicha factura ya sea tanto en IVA como en IRPF.
A pesar de seguir estas recomendaciones y si no te fuera posible asumir el pago, siempre podrás aplazarlo o fragmentarlo. Esto te puede venir bien si no tuvieses liquidez en el momento de tener que asumir el pago de la declaración.
Sabemos que la preparación y anticipación al pago de los impuestos trimestrales no es tu tarea favorita pero, cuanto mas organizado lo tengas, todo resultará mas sencillo y a la vez controlaras de un modo mas eficaz la situación de tu negocio o actividad.
Así que anticípate, delega y sobre todo, no lo dejes todo para el final.
LA FACTURA PROFORMA
Podemos decir que la factura proforma es un tipo de factura que preparas a tu cliente o, te preparan a ti, para informar de aquellos productos o servicios que están a punto de pagarse. Con esto, queremos decir que este documento no tiene validez legal, sino que unicamente refleja la actividad comercial que se va a realizar.
La factura proforma es muy utilizada en el comercio internacional para especificar, que servicios o productos se van a adquirir en el extranjero antes de que se realice cualquier transacción económica y, en el caso de que sea una adquisición de productos, su posterior importación o exportación.
Cuando se realice el pago anticipado de un servicio o adquisición de bienes, es recomendable utilizar una factura normal o de anticipo en vez, de usar una factura proforma aunque en la práctica, es común realizar pagos y aceptar cobros con este tipo de formato.
Diferencia entre presupuesto y factura proforma
La factura proforma y el presupuesto suelen ser confundidos aunque no son lo mismo exactamente.
Cuando se realiza un presupuesto a un potencial cliente, se especifican que trabajos se van a realizar y el precio final que se tiene que pagar. Este presupuesto no tiene validez jurídica por lo que no servirá si hay algún tipo de problema legal que resolver.
Por otro lado, este tipo de factura, sí que tiene validez jurídica para el caso de que pudiera surgir algún conflicto legal y demostrar la propuesta que se iba a acordar.
Diferencia entre factura comercial y factura proforma
Vamos a ver ahora, la relación entre la factura comercial y la proforma.
La principal diferencia entre la factura comercial y la factura proforma es que aquella, tiene validez fiscal y es un documento definitivo. Esto hace que la factura comercial no se pueda modificar.
La facturas proforma por otro lado, son documentos previos a la emisión de la factura comercial y no tiene validez fiscal.
¿Qué deben de reflejar este tipo de facturas?
Podemos incluir gran cantidad de datos en este formato de factura aunque normalmente, incluiremos todos los campos requeridos como en cualquier factura convencional, haciendo mención de que se trata de una factura proforma en el encabezado de ésta. De este modo, podemos encontrar la siguiente información:
- Cabecera indicando que se trata de una factura proforma
- La fecha de emisión
- Los datos del cliente potencial así como los datos del vendedor, incluyendo nombre, domicilio, identificación fiscal o el número de IVA intracomunitario,…
- Detallaremos los productos o servicios indicando el precio total y teniendo en cuenta que, si hay transporte u otros costes adicionales también deberemos de incluirlos
- Los impuestos que se puedan aplicar, como el IVA o el IRPF
- Cualquier otra información que consideremos necesaria o relevante
Para este tipo de facturas, sería conveniente llevar una numeración para tener un mayor control aunque, tendrán una numeración diferente a la que se utiliza para las facturas comerciales ya, que son facturas sin declarar. Podemos encontrarnos facturas proforma que no estén numeradas.
¿Necesitas más información? Contacta con OnLine Consultores.
ERTE EN LA DECLARACIÓN DE LA RENTA 2020
Vemos como la especial situación del COVID19, nos puede afectar directamente el ERTE en la declaración de la RENTA de 2020 y con ello, la situación de los trabajadores que se han visto afectados por un expediente de regulación temporal de empleo (ERTE).
Si has estado en ERTE en 2020, vas a tener más de un pagador y probablemente tendrás que presentar la declaración de la RENTA.
El SEPE se ha encargado de abonar las prestaciones de los trabajadores en esta situación de ERTE, y se considera como otro pagador más al igual que tu empresa. Es decir, en el 2020 habrás cobrado de tu empresa y del SEPE es decir, dos pagadores diferentes.
Puede ser que no sea la primera vez que oyes sobre uno o dos pagadores cuando nos referimos a la RENTA. En el caso de que tengas más de un pagador, tienes la obligación de presentar la declaración si has cobrado más de 14.000€ excepto, que si lo cobrado por el resto de pagadores a partir del segundo no supere los 1.500€.
Según la experiencia de lo ocurrido en el 2020, nos dice que la mayoría de los trabajadores que han estado en ERTE en el 2020, han cobrado cantidades superiores a 1.500 € por parte del SEPE.
Con esto, vamos a ver que será común, que todos aquellos que hayan cobrado por parte del SEPE por situación de ERTE en 2020, estarán obligados a presentar la declaración pero ojo, que eso sólo ocurrirá si has cobrado más de 14.000€ entre todos los pagadores.
Es muy seguro que en las cantidades que hayas recibido por parte del SEPE durante el ERTE, no tuviesen aplicada ningún tipo de retención.
Según la cantidad que hayas recibido por parte del SEPE, es muy probable que no te haya practicado ningún tipo de retención sobre los abonos de tu prestación durante el ERTE o, te haya aplicado un importe pequeño de retención para lo que hayas podido cobrar.
Esto significa que si tienes retenciones de otros pagadores, estas no van a ser suficientes para compensar las retenciones que no te ha aplicado el SEPE en el ERTE y si además, superas el límite para los dos pagadores, tendrás una declaración de la RENTA positiva.
Cuando tenemos un único pagador, lo normal es aplicar una retención en función de lo que percibamos. Para el caso de tener más de uno, cada cual retiene en función de lo que abona ya que no sabe lo que otros pagadores puedan abonar.
Volviendo sobre lo anterior, un pagador no sabe si existen más pagadores y, en el caso que hubiera otro pagador, ninguno de ellos sabría los ingresos y retenciones que el otro aplica.
Aunque por este motivo el resultado de la RENTA salga un importe a pagar o, un menor importe a devolver, no implica que estemos pagando más de lo que nos corresponde teniendo en cuenta el cómputo anual.
DEDUCCION POR MATERNIDAD
Recordar que para poder aplicar la deducción por maternidad, debemos de realizar una actividad por cuenta propia o, por cuenta ajena. Con el motivo del ERTE o cese de actividad, esta situación se interrumpe por lo que ya no corresponde aplicar esta deducción durante ese periodo.
Hay otras deducciones a las que no les afecta la situación de ERTE como puede ser la de familia numerosa, descendientes o ascendientes con discapacidad a cargo o, familias monoparentales que tengan a su cargo dos hijos que no reciban la anualidad por alimentos.
Estas deducciones están vinculadas al cobro de prestaciones o a la situación de alta en la Seguridad Social.
ERRORES EN LOS PAGOS DEL SEPE
La situación creada por la pandemia, hizo que el SEPE en 2020 se viera desbordado y que cometieran errores en los pagos de las prestaciones.
Debido a esto, hay personas que aún después de haber finalizado el ERTE, han seguido cobrando del SEPE.
Para estos casos, y según la AEAT, si el SEPE ha reclamado el reintegro de las cantidades abonadas indebidamente y estas, se devolvieron en 2020, la AEAT reflejaría los ingresos reales estando los datos correctos.
También podemos encontrarnos que el SEPE haya exigido las cantidades pagadas de más en 2021 por lo que es probable que el borrador no esté correcto.
En este caso, se deberá de modificar y anotar las cantidades cobradas realmente una vez descontada la devolución.
Si la situación es que en el momento de presentar la declaración, el SEPE aún no ha reclamado el reintegro, se tiene que declarar todos los ingresos recibidos.
Cuando el SEPE reclame y se haga la devolución de los ingresos indebidos, haz una declaración rectificativa para recuperar lo tributado de más.
Desde Online Consultores te aconsejamos que si te has estado afectado por un ERTE en 2020, revises y corrijas el borrador ante los posibles errores que puedas encontrarte y, no dejes la presentación de tu declaración para el último momento.