Cómo rellenar el Modelo 303 para desgravar el coche - Online Consultores

Cómo desgravar el coche siendo autónomo: Guía fiscal 2025/2026

Para un trabajador por cuenta propia, el vehículo es, en muchas ocasiones, una herramienta de trabajo indispensable. Sin embargo, la deducción de los gastos asociados al coche sigue siendo uno de los puntos de mayor fricción con la Agencia Tributaria.

De cara a los ejercicios 2025 y 2026, es vital conocer los criterios actuales para evitar inspecciones y sanciones. En este artículo, desde Online Consultores, desglosamos cómo aplicar correctamente las deducciones en el IVA y en el IRPF.

La deducción del IVA: ¿50% o 100%?

A diferencia de otros impuestos, el IVA permite cierta flexibilidad, aunque siempre bajo la lupa de Hacienda. La normativa establece una distinción clara basada en el uso que se le dé al vehículo.

La regla general del 50%

Por defecto, la Ley del IVA permite a los autónomos deducir el 50% de las cuotas soportadas (tanto en la compra del coche como en el mantenimiento, combustible y reparaciones). Se presume que el vehículo se utiliza tanto para la actividad profesional como para fines particulares. Para aplicar este porcentaje, no es necesario demostrar una afectación exclusiva, pero sí que el coche es necesario para la actividad.

¿Cuándo podemos deducir el 100% del IVA?

Para desgravar la totalidad del IVA, el autónomo debe demostrar que el vehículo se utiliza única y exclusivamente para la actividad profesional. Hacienda admite el 100% de deducción de forma casi automática en los siguientes casos:

  • Vehículos mixtos destinados al transporte de mercancías.
  • Vehículos para la prestación de servicios de transporte de viajeros (taxis, VTC).
  • Vehículos destinados a la enseñanza de conductores (autoescuelas).
  • Vehículos utilizados por agentes comerciales o representantes en sus desplazamientos.
  • Vehículos destinados a pruebas, ensayos o promoción de ventas.

El IRPF y la «afectación exclusiva»: Un criterio más estricto

Si el IVA permite el «término medio» del 50%, el IRPF es mucho más riguroso. Para que un autónomo pueda deducir el gasto de compra (vía amortización), el seguro o el mantenimiento en su declaración de la renta, la normativa exige la afectación exclusiva a la actividad económica.

Esto significa que, si utilizas el coche para ir a la compra o para un viaje personal el fin de semana, técnicamente pierdes el derecho a deducir cualquier gasto en el IRPF.

La carga de la prueba

En caso de inspección, es el autónomo quien debe demostrar que el coche no se usa para fines privados. Algunas pruebas que suelen ser aceptadas por la Agencia Tributaria incluyen:

  • Listado de clientes y agenda de visitas que justifiquen los desplazamientos.
  • Certificados de instalación de sistemas GPS que registren los trayectos y horarios.
  • Rotulación del vehículo con el logo de la empresa.
  • Que el vehículo permanezca en el parking del negocio fuera del horario laboral.

Gastos derivados: Combustible, reparaciones y parkings

Una duda frecuente en 2025 es si se puede deducir la gasolina si no se ha deducido la compra del coche. La respuesta es sí, pero con matices.

Para el IVA, podrás deducir el 50% del combustible siempre que puedas acreditar que el gasto está vinculado a un desplazamiento profesional. Para el IRPF, volvemos a la regla de la afectación exclusiva: si el coche no está afecto al 100%, Hacienda suele rechazar la deducción del combustible, salvo que se trate de vehículos industriales o de transporte.

Recomendaciones para los ejercicios 2025/2026

Dada la creciente digitalización de la Agencia Tributaria, nuestra recomendación es mantener un registro exhaustivo. Conservar facturas (no tickets) donde conste la matrícula del vehículo y llevar un control de los kilómetros realizados es fundamental para defender tu deducción ante una posible revisión.


En Online Consultores sabemos que cada autónomo tiene una situación única. Una mala gestión de los gastos del vehículo puede derivar en liquidaciones paralelas y recargos innecesarios. Si quieres optimizar tu fiscalidad y saber exactamente qué puedes desgravar en tu caso particular, contacta con nosotros para un estudio personalizado. Nuestro equipo de expertos se encargará de que cumplas con la ley mientras ahorras el máximo posible.

ERTE EN LA DECLARACIÓN DE LA RENTA 2020

PREVISION DEL AUMENTO DE LA CARGA FISCAL PARA 2022

La previsión del aumento de la carga fiscal para 2022 ya está en marcha. Se están preparando una serie de medidas que hacen que esto pueda cumplirse para el próximo ejercicio fiscal 2022.

La previsión de cambios que afectan a las cuotas de empresarios autónomos

Respecto a la cuota de cotización de los autónomos se prevé una base mínima de cotización de 960,60 € aplicándose, un tipo de 30,60.

Con esto queremos decir que este cambio puede hacer que la cuota de autónomo suba unos ocho euros/mes.

Para los autónomos del tipo societario este aumento puede rondar de 96 a 225 euros por año.

La subida del SMI hará que casi dos millones de autónomos coticen por 294 € que será la base mínima haciendo, que la Seguridad Social recaude por este mismo concepto y en todo su conjunto unos 170 millones de euros mas.

La previsión de cambios que afecta a las sociedades  y empresas

Para las empresas, el Gobierno se adelanta esta vez a mas de un centenar de países que también quieren implantar un tipo mínimo del 15% para el impuesto de sociedades.

Este cambio hará que para la liquidación de 2022 se puedan recuperar 400 millones.

Se espera que la recaudación real del próximo año sea menos de los cincuenta millones.

Las empresas relacionadas con los alquileres

La previsión del aumento de la carga fiscal también va a afectar a las empresas relacionadas con los alquileres así que como adelanto de la Ley de Vivienda y que ya se incluye en los presupuestos, las empresas que tienen como actividad el arrendamiento de viviendas bajan las bonificación del 85% al 40%.

Los planes de pensiones

Al hablar de incremento fiscal no solo debemos de tener en cuenta la subida de los impuestos sino, que la presión fiscal también viene dada por una disminución de beneficios fiscales.

Aquí entran de lleno las aportaciones a los planes de pensiones individuales ya que actualmente se pasaría de 2.000 euros a 1.500 euros anuales.

En resumen, mas de 91 millones perdidos en mano de los ahorradores.

De este modo se está empujando a que los planes sean pensiones privadas colectivas recuperables en casos extremos diez años después de que el contribuyente hiciera su primera aportación.

Los impuestos especiales

El tabaco no queda fuera de estos aumentos de impuestos y en este caso dentro de los impuestos especiales ya que la previsión es de una subida del 5,5%.

Es una subida importante teniendo en cuenta que de todo lo que se recauda como impuesto especial, el tabaco aporta una tercera parte.

El impuesto de matriculación

Aunque al inicio del nuevo año aumente el impuesto de Matriculación, el impuesto sobre vehículos diesel aún se mantendrá apartado durante un tiempo. Se utilizaran cambios porcentuales sobre emisiones de CO2 para determinar la nueva tarifa.

Hasta una subida de mas de diez euros tendrán mensualmente las próximas letras de los vehículos comprados a plazos siendo por tanto, el doble de lo que se estimaba hace un año según fuentes especializadas.

Según información de la Agencia Tributaria el efecto para un coche medio de 19.081 euros, con emisiones de 160 g/km de CO2 por el que antes se pagaba un 4,5% ahora, se pagaría un porcentaje del 9,75. Es decir, pasará de pagar 859 euros por ese concepto a abonar por el impuesto de matriculación 1860 euros.

Después de la escasez de chips afectado por la pandemia, el sector automovilístico cree que este aumento perjudicara mucho mas a su sector.

COMO HACER MAS FACIL EL CIERRE TRIMESTRAL

COMO HACER MAS FÁCIL EL CIERRE TRIMESTRAL

Cada trimestre se vuelve a repetir la pesadilla de  la presentación de los impuestos y desde Online Consultores queremos decirte como hacer mas fácil el cierre trimestral.

Dedica unas horas a la semana al papeleo

Sabemos que las declaraciones de impuestos trimestrales dan dolor de cabeza y por esto, dedica algo de tiempo cada semana para organizar tus facturas para que no se te acumule todo al final del trimestre.

Será mas sencillo recordar tus compras y gastos a lo largo de la semana para ver que no te falta ninguna factura o ticket, que dejarlo para el final del trimestre con lo que seguro, algo se quedara en el olvido.

Actualmente con los ordenadores y el software orientado a la gestión así, como las agendas electrónicas y los teléfonos móviles, nos servirán de ayuda en esta tarea tan engorrosa de organizar las facturas.

Déjate asesorar por un gestor

Cede esa parte del trabajo que es una tarea pesada para ti y que siempre acabas aborreciendo. Nuestra asesoría fiscal online resolverá cualquier duda y gestionará las obligaciones administrativas con Hacienda. Ve a un experto y céntrate en tu negocio ya que ahorraras tiempo y mejorarás la gestión y el control de tu actividad.

Piensa que a pesar de que no hayas tenido ningún tipo de ingreso, gasto o alguno de estos durante el trimestre, deberás de presentar igualmente tus declaraciones trimestrales.

Anticípate a lo que tendrás pagar

Ya sea por ti mismo o, si delegas la contabilidad en un asesor, debes de saber aproximadamente lo que en cada momento tendrás que pagar en tu próximo trimestre por la salud de tu negocio.

Un modo de evitar sustos es separar con cada cobro que recibas, el IVA y el IRPF, del resto.

Guarda para el pago

Mantén tu cuenta bancaria preparada para el pago de IVA y del IRPF trimestral. Ten en cuenta que aunque no hayas cobrado una factura declarada, tendrás que pagar lo que corresponda de dicha factura ya sea tanto en IVA como en IRPF.

A pesar de seguir estas recomendaciones y si no te fuera posible asumir el pago, siempre podrás aplazarlo o fragmentarlo. Esto te puede venir bien si no tuvieses liquidez en el momento de tener que asumir el pago de la declaración.

Sabemos que la preparación y anticipación al pago de los impuestos trimestrales no es tu tarea favorita pero, cuanto mas organizado lo tengas, todo resultará mas sencillo y a la vez controlaras de un modo mas eficaz la situación de tu negocio o actividad.

Así que anticípate, delega y sobre todo, no lo dejes todo para el final.

FACTURA PROFORMA

LA FACTURA PROFORMA

Podemos decir que la factura proforma es un tipo de factura que preparas a tu cliente o, te preparan a ti, para informar de aquellos productos o servicios que están a punto de pagarse. Con esto, queremos decir que este documento no tiene validez legal, sino que unicamente refleja la actividad comercial que se va a realizar.

La factura proforma es muy utilizada en el comercio internacional para especificar, que servicios o productos se van a adquirir en el extranjero antes de que se realice cualquier transacción económica y, en el caso de que sea una adquisición de productos, su posterior importación o exportación.

Cuando se realice el pago anticipado de un servicio o adquisición de bienes, es recomendable utilizar una factura normal o de anticipo en vez, de usar una factura proforma aunque en la práctica, es común realizar pagos y aceptar cobros con este tipo de formato.

Diferencia entre presupuesto y factura proforma

La factura proforma y el presupuesto suelen ser confundidos aunque no son lo mismo exactamente.

Cuando se realiza un presupuesto a un potencial cliente, se especifican que trabajos se van a realizar y el precio final que se tiene que pagar. Este presupuesto no tiene validez jurídica por lo que no servirá si hay algún tipo de problema legal que resolver.

Por otro lado, este tipo de factura, sí que tiene validez jurídica para el caso de que pudiera surgir algún conflicto legal y demostrar la propuesta que se iba a acordar.

Diferencia entre factura comercial y factura proforma

Vamos a ver ahora, la relación entre la factura comercial y la proforma.

La principal diferencia entre la factura comercial y la factura proforma es que aquella, tiene validez fiscal y es un documento definitivo. Esto hace que la factura comercial no se pueda modificar.

La facturas proforma por otro lado, son documentos previos a la emisión de la factura comercial y no tiene validez fiscal.

¿Qué deben de reflejar este tipo de facturas?

Podemos incluir gran cantidad de datos en este formato de factura aunque normalmente, incluiremos todos los campos requeridos como en cualquier factura convencional, haciendo mención de que se trata de una factura proforma en el encabezado de ésta. De este modo, podemos encontrar la siguiente información:

  • Cabecera indicando que se trata de una factura proforma
  • La fecha de emisión
  • Los datos del cliente potencial así como los datos del vendedor, incluyendo nombre, domicilio, identificación fiscal o el número de IVA intracomunitario,…
  • Detallaremos los productos o servicios indicando el precio total y teniendo en cuenta que, si hay transporte u otros costes adicionales también deberemos de incluirlos
  • Los impuestos que se puedan aplicar, como el IVA o el IRPF
  • Cualquier otra información que consideremos necesaria o relevante

Para este tipo de facturas, sería conveniente llevar una numeración para tener un mayor control aunque, tendrán una numeración diferente a la que se utiliza para las facturas comerciales ya, que son facturas sin declarar. Podemos encontrarnos facturas proforma que no estén numeradas.

¿Necesitas más información? Contacta con OnLine Consultores.

ERTE EN LA DECLARACIÓN DE LA RENTA 2020

ERTE EN LA DECLARACIÓN DE LA RENTA 2020

Vemos como la especial situación del COVID19, nos puede afectar directamente el ERTE en la declaración de la RENTA de 2020 y con ello, la situación de los trabajadores que se han visto afectados por un expediente de regulación temporal de empleo (ERTE).

Si has estado en ERTE en 2020, vas a tener más de un pagador y probablemente tendrás que presentar la declaración de la RENTA.

El SEPE se ha encargado de abonar las prestaciones de los trabajadores en esta situación de ERTE, y se considera como otro pagador más al igual que tu empresa. Es decir, en el 2020 habrás cobrado de tu empresa y del SEPE es decir, dos pagadores diferentes.

Puede ser que no sea la primera vez que oyes sobre uno o dos pagadores cuando nos referimos a la RENTA. En el caso de que tengas más de un pagador, tienes la obligación de presentar la declaración si has cobrado más de 14.000€ excepto, que si lo cobrado por el resto de pagadores a partir del segundo no supere los 1.500€

Según la experiencia de lo ocurrido en el 2020, nos dice que la mayoría de los trabajadores que han estado en ERTE en el 2020, han cobrado cantidades superiores a 1.500 € por parte del SEPE. 

Con esto, vamos a ver que será común, que todos aquellos que hayan cobrado por parte del SEPE por situación de ERTE en 2020, estarán obligados a presentar la declaración pero ojo, que eso sólo ocurrirá si has cobrado más de 14.000€ entre todos los pagadores.

Es muy seguro que en las cantidades que hayas recibido por parte del SEPE durante el ERTE, no tuviesen aplicada ningún tipo de retención.

Según la cantidad que hayas recibido por parte del SEPE,  es muy probable que no te haya practicado ningún tipo de retención sobre los abonos de tu prestación durante el ERTE o, te haya aplicado un importe pequeño de retención para lo que hayas podido cobrar.

Esto significa que si tienes retenciones de otros pagadores, estas no van a ser suficientes para compensar las retenciones que no te ha aplicado el SEPE en el ERTE y si además, superas el límite para los dos pagadores, tendrás una declaración de la RENTA positiva.

Cuando tenemos un único pagador, lo normal es aplicar una retención en función de lo que percibamos. Para el caso de tener más de uno, cada cual retiene en función de lo que abona ya que no sabe lo que otros pagadores puedan abonar.

Volviendo sobre lo anterior, un pagador no sabe si existen más pagadores y, en el caso que hubiera otro pagador, ninguno de ellos sabría los ingresos y retenciones que el otro aplica.

Aunque por este motivo el resultado de la RENTA salga un importe a pagar o, un menor importe a devolver, no implica que estemos pagando más de lo que nos corresponde teniendo en cuenta el cómputo anual.

ERTE EN RENTA 2020ERTE EN RENTA 2020

DEDUCCION POR MATERNIDAD

Recordar que para poder aplicar la deducción por maternidad, debemos de realizar una actividad por cuenta propia o, por cuenta ajena. Con el motivo del ERTE o cese de actividad, esta situación se interrumpe por lo que ya no corresponde aplicar esta deducción durante ese periodo.

Hay otras deducciones a las que no les afecta la situación de ERTE como puede ser la de familia numerosa, descendientes o ascendientes con discapacidad a cargo o, familias monoparentales que tengan a su cargo dos hijos que no reciban la anualidad por alimentos.

Estas deducciones están vinculadas al cobro de prestaciones o a la situación de alta en la Seguridad Social.

ERRORES EN LOS PAGOS DEL SEPE

La situación creada por la pandemia, hizo que el SEPE en 2020 se viera desbordado y que cometieran errores en los pagos de las prestaciones.

Debido a esto, hay personas que aún después de haber finalizado el ERTE, han seguido cobrando del SEPE.

Para estos casos, y según la AEAT, si el SEPE ha reclamado el reintegro de las cantidades abonadas indebidamente y estas, se devolvieron en 2020, la AEAT reflejaría los ingresos reales estando los datos correctos.

También podemos encontrarnos que el SEPE haya exigido las cantidades pagadas de más en 2021 por lo que es probable que el borrador no esté correcto.

En este caso, se deberá de modificar y anotar las cantidades cobradas realmente una vez descontada la devolución.

Si la situación es que en el momento de presentar la declaración, el SEPE aún no ha reclamado el reintegro, se tiene que declarar todos los ingresos recibidos.

Cuando el SEPE reclame y se haga la devolución de los ingresos indebidos, haz una declaración rectificativa para recuperar lo tributado de más.

Desde Online Consultores te aconsejamos que si te has estado afectado por un ERTE en 2020, revises y corrijas el borrador ante los posibles errores que puedas encontrarte y, no dejes la presentación de tu declaración para el último momento.