nuevo modelo de cotización para autónomos

Nuevo modelo de cotización para autónomos

Empieza la transición a un nuevo modelo de cotización para autónomos, en función de los ingresos reales percibidos de forma gradual a partir de 2021. Si eres autónomo con pocos ingresos, este post te interesa.

El sistema actual que regula las cotizaciones de los trabajadores por cuenta propia es tachado como injusto. Esto es debido a que no tiene en cuenta el nivel de facturación que generan las diferentes actividades económicas en el pago de los seguros sociales. Ante esta medida, el Gobierno formalizó en octubre 2020 su primera propuesta hacia la cotización de autónomos en función de los ingresos reales.

El nuevo sistema se ajustará por tramos a los ingresos reales. En él, el autónomo podrá elegir su base de cotización entre una máxima de 3.642 euros al mes y una mínima de 893,10 euros. Aunque, esto no afectaría a todos los autónomos, quedarían fuera del mismo los colaboradores familiares, trabajadores por cuenta propia de oficio religioso, los acogidos al sistema de módulos y los autónomos societarios.

Este nuevo modelo de cotización para autónomos, permitiría reducir la cuota a los autónomos con menos ingresos. Haciendo que el importe destinado a la Seguridad Social sea menor si se perciben menores ingresos. Del mismo modo, se incrementarán las cuotas siempre que se superen los 25.000 euros anuales de rendimientos netos. Esto implicaría que la mayor parte de nuestros autónomos no tendrán que pagar ninguna cuota superior, produciendo un ajuste para reducir la carga fiscal.

Esta nueva cotización en función de ingresos llega como solución al problema de muchos autónomos que, una vez agotadas sus reducciones y ayudas, no pueden hacer frente al pago de la cuota. Mientras que, otros con ingresos superiores, están cotizando por unas bases mínimas con respecto a sus ganancias. Gran ejemplo de esta problemática es la enorme brecha del 40% entre la media de pensión de un autónomo normal y la cuantía percibida por un trabajador por cuenta ajena.

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ERTE EN LA DECLARACIÓN DE LA RENTA 2020

Ampliadas hasta Enero las ayudas a Autónomos

En el Real Decreto-ley 30/2020 del BOE, se informa respecto a las medidas sociales, el porqué en defensa del empleo se prorrogan los ERTE además de mantenerse hasta el 31 de enero de 2021, las ayudas a autónomos.

Ya por el mes de marzo de 2020, se establecieron algunas medidas de carácter excepcional relacionadas en materias de la seguridad social, mirando por trabajadores autónomos como por pequeñas empresas, que son los más afectados económicamente por la COVID19. De ahí, que se hayan visto ampliadas estas ayudas teniendo en cuenta la situación tan delicada que atraviesan negocios o pequeñas empresas.

Ayudas a autónomos de temporada y prórroga de la prestación ordinaria por cese.

En el Real Decreto-ley 24/2020, artículos 8 y 9 y, que actualmente se han ampliado, vemos que comprenden las medidas de exención de la cotización regulada así, como las prestaciones por cese ordinario y también, para autónomos de temporada.

Cuando  justifiquemos la reducción de la facturación en un mínimo del 75% durante el cuarto trimestre de 2020 en relación al mismo periodo del año 2019 y, no se superen unos rendimientos netos de 5.818,50 € en el periodo comprendido entre octubre y diciembre de este año 2020, podremos solicitar esta ayuda prorrogada de prestación ordinaria de cese compatible con actividad.

Nos encontramos también con una novedad. La nueva prestación especial por cese de actividad la cual, va enfocada a los autónomos que hayan tenido en su actividad, una suspensión temporal debido a las medidas adoptadas por las autoridades administrativas por la situación del COVID19. Aquí vemos que supone una ayuda equivalente al 70% de la base mínima de cotización, flexibilizando requisitos temporales.

Para poder acceder a esta nueva prestación, necesitamos haber cotizado al menos cuatro meses entre el mes de junio y el mes de diciembre de este año 2020.

Otro requisito es el no haber tenido ingresos superiores a 23.275 € en el año 2020.

También se requiere el no haber desarrollado la actividad o haber estado de alta entre el día 1 de marzo y el 31 de mayo de 2020.

Ayuda por bajos ingresos

La nueva línea creada de prestaciones por ingresos bajos o insuficientes, van enfocadas a los empresarios que reúnan los requisitos para acceder a la prestación compatible con la actividad.

Hay prestaciones que se dieron inicio en el mes de octubre y por ahora, se sabe que la duración es de cuatro meses máximo siempre que se solicite en la primera quincena de octubre.

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