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Renta 2025: Errores fatales al revisar el borrador a última hora

Hemos entrado oficialmente en la cuenta atrás. Junio es el último mes para presentar la Declaración de la Renta 2025 y las prisas nunca son buenas consejeras en materia fiscal. Con las fechas límite apretando, el error más común entre los contribuyentes es cometer el fallo de validar el borrador de Hacienda con un solo clic para «quitarse el trámite de encima».

Aceptar ese borrador sin una revisión experta puede salirte muy caro, ya que la Agencia Tributaria no suele incluir por defecto muchas de las deducciones a las que tienes derecho.

Los olvidos más frecuentes en el borrador de la Renta

El sistema automatizado de Hacienda cruza datos, pero no conoce tu situación personal al detalle. Si dejas que el borrador decida por ti, es muy probable que estés perdiendo dinero en aspectos clave como:

  • Deducciones autonómicas: El gran agujero negro. Alquileres, gastos educativos o nacimiento de hijos varían según tu comunidad y casi nunca vienen aplicados.

  • Cambios en el estado civil: Si te has casado, divorciado o has tenido un hijo en el último año, el borrador no lo aplica automáticamente y cambia por completo el resultado.

  • Inversiones y vivienda: Las deducciones por residencia habitual (si tienes derecho por antigüedad) o las inversiones en eficiencia energética requieren que introduzcas los datos a mano.

La importancia de una revisión profesional en junio

Presentar la declaración a la carrera no solo te hace perder desgravaciones; también multiplica el riesgo de cometer fallos que deriven en paralelas o sanciones de Hacienda. Revisar el borrador de la Renta con calma y de la mano de especialistas es la única garantía de que pagas lo justo o de que te devuelven el máximo posible.

Si no quieres asumir riesgos innecesarios con tu dinero en este último tramo de la campaña, puedes contactar con nuestra consultora para revisar tu caso. Analizaremos tu situación al milímetro antes de enviarla.

El consejo de nuestra Consultora: El borrador es una propuesta, no una verdad absoluta. Hacienda te da los datos que ella tiene, pero la responsabilidad legal de que la declaración sea correcta es exclusivamente tuya. No firmes a ciegas.

deducir gastos de representación autónomos

Gastos de representación: ¿Qué comidas y viajes puede deducir un autónomo?

¿Sabes realmente cómo deducir gastos de representación autónomos sin tener problemas con Hacienda? En Online Consultores te explicamos las claves para que tus comidas con clientes y tus viajes de negocios no te den un susto en forma de sanción.

Requisitos para deducir gastos de representación autónomos

No se trata de meter cualquier ticket de restaurante. Un gasto de representación es aquel destinado a promover tu actividad profesional. Para que sea legal, debe estar perfectamente documentado con una factura completa. Los tickets suelen ser rechazados porque no identifican quién es el beneficiario del gasto.

Cómo justificar facturas ante una inspección

El mayor problema al deducir gastos de representación autónomos es la prueba. Te recomendamos llevar un registro digital donde anotes el nombre del cliente y el motivo de la reunión. Además, es vital que guardes emails previos que demuestren que esa cita profesional existió.

Preguntas frecuentes sobre los gastos de representación

  • ¿Puedo deducir el IVA de una comida? Solo si tienes factura completa y puedes demostrar que es un gasto necesario para tu actividad. Si no hay factura, no hay deducción de IVA.

  • ¿Hay un límite de dinero? La ley establece que los gastos por relaciones públicas con clientes o proveedores tienen un límite anual del 1% del importe neto de tu cifra de negocios.

  • ¿Y si invito a un futuro cliente pero no llegamos a firmar nada? Sigue siendo deducible. Lo importante es la «intención» de generar ingresos, no el resultado final. Guarda el presupuesto que le enviaste como prueba.

El «Consejo de Oro» de Online Consultores Nunca pagues estas comidas en efectivo. Utiliza siempre tu tarjeta de empresa o de autónomo. El rastro bancario es la mejor defensa ante cualquier duda de Hacienda, ya que vincula directamente el gasto con tu cuenta profesional.

Consejos adicionales:

Igual que optimizas tus dietas, descubre cómo deducir suministros autónomos casa si teletrabajas.

Puedes revisar la normativa de gastos en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria.

Recuerda que los límites son estrictos. Si tienes dudas sobre una factura específica, en Online Consultores revisamos tus gastos para asegurar que deduces el máximo legalmente.

ERTE EN LA DECLARACIÓN DE LA RENTA 2020

PREVISION DEL AUMENTO DE LA CARGA FISCAL PARA 2022

La previsión del aumento de la carga fiscal para 2022 ya está en marcha. Se están preparando una serie de medidas que hacen que esto pueda cumplirse para el próximo ejercicio fiscal 2022.

La previsión de cambios que afectan a las cuotas de empresarios autónomos

Respecto a la cuota de cotización de los autónomos se prevé una base mínima de cotización de 960,60 € aplicándose, un tipo de 30,60.

Con esto queremos decir que este cambio puede hacer que la cuota de autónomo suba unos ocho euros/mes.

Para los autónomos del tipo societario este aumento puede rondar de 96 a 225 euros por año.

La subida del SMI hará que casi dos millones de autónomos coticen por 294 € que será la base mínima haciendo, que la Seguridad Social recaude por este mismo concepto y en todo su conjunto unos 170 millones de euros mas.

La previsión de cambios que afecta a las sociedades  y empresas

Para las empresas, el Gobierno se adelanta esta vez a mas de un centenar de países que también quieren implantar un tipo mínimo del 15% para el impuesto de sociedades.

Este cambio hará que para la liquidación de 2022 se puedan recuperar 400 millones.

Se espera que la recaudación real del próximo año sea menos de los cincuenta millones.

Las empresas relacionadas con los alquileres

La previsión del aumento de la carga fiscal también va a afectar a las empresas relacionadas con los alquileres así que como adelanto de la Ley de Vivienda y que ya se incluye en los presupuestos, las empresas que tienen como actividad el arrendamiento de viviendas bajan las bonificación del 85% al 40%.

Los planes de pensiones

Al hablar de incremento fiscal no solo debemos de tener en cuenta la subida de los impuestos sino, que la presión fiscal también viene dada por una disminución de beneficios fiscales.

Aquí entran de lleno las aportaciones a los planes de pensiones individuales ya que actualmente se pasaría de 2.000 euros a 1.500 euros anuales.

En resumen, mas de 91 millones perdidos en mano de los ahorradores.

De este modo se está empujando a que los planes sean pensiones privadas colectivas recuperables en casos extremos diez años después de que el contribuyente hiciera su primera aportación.

Los impuestos especiales

El tabaco no queda fuera de estos aumentos de impuestos y en este caso dentro de los impuestos especiales ya que la previsión es de una subida del 5,5%.

Es una subida importante teniendo en cuenta que de todo lo que se recauda como impuesto especial, el tabaco aporta una tercera parte.

El impuesto de matriculación

Aunque al inicio del nuevo año aumente el impuesto de Matriculación, el impuesto sobre vehículos diesel aún se mantendrá apartado durante un tiempo. Se utilizaran cambios porcentuales sobre emisiones de CO2 para determinar la nueva tarifa.

Hasta una subida de mas de diez euros tendrán mensualmente las próximas letras de los vehículos comprados a plazos siendo por tanto, el doble de lo que se estimaba hace un año según fuentes especializadas.

Según información de la Agencia Tributaria el efecto para un coche medio de 19.081 euros, con emisiones de 160 g/km de CO2 por el que antes se pagaba un 4,5% ahora, se pagaría un porcentaje del 9,75. Es decir, pasará de pagar 859 euros por ese concepto a abonar por el impuesto de matriculación 1860 euros.

Después de la escasez de chips afectado por la pandemia, el sector automovilístico cree que este aumento perjudicara mucho mas a su sector.

AYUDA AUTONOMOS RENTA

LOS AUTONOMOS TRIBUTARAN EN RENTA LAS AYUDAS

En abril, los autónomos tributarán en la renta las ayudas que cobraron por el cese de su actividad. Además de las ayudas recibidas por el Gobierno, también deberán de declarar las ayudas autonómicas que recibieron en 2020.

Cuando queda poco tiempo para el inicio de la campaña de la RENTA 2021, los autónomos van a tener que empezar a hacerse con todas sus facturas de uno de los ejercicios más complicados.

Hay que indicar que los trabajadores por cuenta propia que hayan recibido ayudas, van a tener que incluirla en su próxima declaración de la RENTA y estamos hablando de más de millón y medio de personas.

La actual prestación ordinaria extraordinaria (POECATA) así como alguna de las modalidades de prestación por cese, lo percibieron más de la mitad de este colectivo. Hasta hace poco, no estaba claro cómo iba a afectar fiscalmente a quien recibiera este tipo de ayudas a estos sectores tan castigados.

Desde que se inició este tipo de ayudas, se tuvo la duda de si la prestación debería de tributar en la RENTA. Esta ayuda por cese de actividad debe de tributar en la próxima declaración de la RENTA en el bloque de rendimientos de trabajo. Se está a la espera que pueda haber un posible cambio en la Dirección General de Tributos.

Por lo que se sabe hasta ahora, no ha cambiado el posicionamiento, y la prestación tributará en base general. Esto hace que al igual que otras rentas, se puedan aplicar diferentes deducciones, como las de familia numerosa, o por descendientes o ascendientes con minusvalía.

En la próxima declaración de la RENTA, se tendrán que incluir todas las prestaciones que se hayan recibido hasta Diciembre de 2020.

Así que a partir del día 7 de abril, cuando los autónomos realicen su declaración del IRPF, tendrán que incluir además de los rendimientos de su actividad o actividades, aquellas prestaciones que recibieron de su mutua entre marzo y diciembre del 2020 en concepto de rendimiento de trabajo.

En algunos casos, hablamos de más de 6.000 euros que los autónomos tendrán que incluir en la RENTA. Esto es en el caso que el autónomo coticen al minimo acogido durante nueve meses al cese de su actividad.